lunes, 16 de marzo de 2015

Seguros de hogar y cláusulas hipotecarias

La mayoría de los bancos, cuanto te conceden un préstamo con garantía hipotecaria en la adquisición de una vivienda, te obligan a realizar un seguro de hogar en el que son ellos los beneficiarios del continente* (la vivienda) en caso de incendio, rayo o explosión. Muchos de estos bancos te ofrecen que el primer año sea gratuito el seguro de hogar, pero no los siguientes, con lo que si uno quiere, finalmente, recibir dicho préstamo y adquirir la vivienda, tiene que aceptar esta condición impuesta de forma unilateral por el banco.
Una forma de ahorrarte el pago de esta cláusula hipotecaria es cambiar de seguro cada año y, con ello, evitar dicho pago, aunque, ya son muchos los bancos que, en previsión de que el cliente se pueda saltar esta imposición de esta forma, establecen en la cláusula que no puedas cambiar de seguro.



Por este motivo, es muy importante, como con todos los contratos de adhesión, leer detenidamente las cláusulas que contengan y evitar, también con ello, que te hagan firmar una póliza de seguro de hogar en el que se asegure únicamente el continente y no el contenido, como ocurre en muchos de los casos.

*Los seguros de hogar diferencian entre continente y contenido, pudiendo darse el caso de que sólo se asegure el continente, con lo que estaríamos contratando un seguro que no nos daría cobertura sobre los bienes de valor que pudiéramos tener en nuestro hogar.


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